MANIFIESTO DE LA UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS ANTE EL DERRIBO DE LA CASONA DE PUEBLA DE LILLO
Por upl • 9 Mar, 2010 • Sección: DeclaracionesLa destrucción de la popularmente denominada “Casona” o “Casa de los Escudos” de Puebla de Lillo ha supuesto un incalificable atentado contra el Patrimonio Cultural de León. La UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS quiere manifestar su indignación ante un hecho que puede considerarse el más grave de los últimos años en esta materia, sólo superado por la bárbara demolición de los inmuebles y elementos que integraban el Patrimonio Cultural de los pueblos anegados por el embalse de Riaño.
Los leoneses no poseemos un nivel cultural tan primitivo ni nuestra necesidad es tan extrema como para cambiar oro por espejuelos ý permitir que un promotor, bajo pretexto de construir un hotel que creará quince puestos de trabajo, pueda provocar la total desaparición de un valioso inmueble construido en 1714 y que es referente histórico de los linajes Alonso y Castañón, extendidos en nuestra Montaña y a los que perteneció, por ejemplo, Juan Manuel Rodríguez Castañón, obispo de Tuy y patrocinador de la iglesia de Lois y de la ermita de las Nieves, de Puebla de Lillo.
Los leoneses no pueden permitir que un edificio inventariado entre los Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León e incluido en la relación de Bienes de Interés Cultural por la singularidad de algunos de sus ornamentos y elementos históricos: inscripciones y grabados en dinteles de ventanas; cantería en toda su fachada principal y en el contorno de los vanos laterales y, sobre todo, los tres blasones que daban a la Plaza y a los cuales debe el carácter de BIC de acuerdo con lo establecido en la Ley del Patrimonio Histórico Español y en el Decreto 571/1963 sobre protección de piezas de interés histórico-artístico.
Habida cuenta que la citada norma, así como la Ley del Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinan que estos bienes gozan de la máxima protección y tutela, estableciendo que sus propietarios “están obligados a conservarlos, custodiarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad”; y considerando que las citadas leyes califican como infracción muy grave “el derribo, desplazamiento, remoción o destrucción, total o parcial, de un Bien de Interés Cultural”, la UNIÓN DEL PUEBLO LEONÉS exige a la Administración autonómica, que es quien ostenta los deberes y atribuciones de garantizar la conservación del Patrimonio Cultural, tarea para la que ha demostrado su incompetencia una vez más, que proceda a sancionar al propietario y al director de la obra con la máxima cuantía establecida en la Ley del Patrimonio Cultural, requiriendo, al mismo tiempo, la inmediata reparación de los daños y, si fuera necesario, ejerciendo las facultades que le confieren las citadas leyes para proceder a la expropiación forzosa y realizar directamente las obras necesarias.




